Language switcher

LIC. JESSE J. BAÑUELOS, ABOGADO DE INMIGRACIÓN DE LOS ANGELES

UN CAMBIO EN DACA

En cumplimiento con una orden del Tribunal de Distrito de Estados Unidos, efectiva en Julio 16, 2021 el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS):

1). ya no aceptará nuevas peticiones nuevas peticiones para consideración bajo el programa de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA);
2). seguirá aceptando peticiones de renovación de DACA basadas en los términos de la política de DACA vigente antes de Septiembre 5, 2017;
3). seguirá aceptando solicitudes de documentos de permiso adelantado basadas en los términos de la política de DACA vigente antes de Dec. 5, 2017; y
4). extenderá las otorgaciones de la acción diferida bajo DACA de un año a dos años; y
5). extenderá los documentos de autorización de empleo bajo DACA de un año a dos años.
USCIS tomará las medidas apropiadas para proporcionar evidencia de las extensiones de un año de acción diferida y los documentos de autorización de empleo bajo DACA para aquellas personas a quienes se les expidió la documentación en o después de Julio 28, 2020, con un año de validez bajo la política anulada.

REQUISITOS DEL PROGRAMA DE DACA

1). Tener por lo menos 15 años cuando someta su petición de DACA, excepto que un joven que este en un proceso de deportación/ remoción, que tenga una orden de remoción/deportación, o orden de salida voluntaria, podrá aplicar para DACA, aunque tenga menos de 15 años;
2). Llegó a este país en Junio 15, 2007, o antes;
3). Llegó a este país antes de cumplir 16 años;
4). Ha vivido continuamente en este país desde Junio 15, 2007, y no ha tenido estado legal migratorio [TPS, de turista, etc.] desde Junio 15, 2012;

5). No haber cumplido 31 años en o después de Junio 15, 2012;
6). Haber estado físicamente en este país en Junio 15, 2012, y estará físicamente en este país cuando la petición para DACA sea sometida;
7). Comprobar que se graduó de la high school, o que está matriculado en la high school; o que consiguió un certificado de GED, o que esta matriculado en un programa para conseguir su GED; o que se graduó de un curso de entrenamiento que ha sido reconocido por el USCIS, o que esta matriculado en un curso de entrenamiento que ha sido reconocido por el USCIS; o que estuvo en las fuerzas armadas de este país, y que salió con un descargue honorable; y
8). No haber sido convicto de ninguna felonía, de tres o mas delitos menores, o de algún delito menor significante. Delitos menores significantes incluyen los siguientes:
a). violencia doméstica;
b). abuso sexual;
c). posesión ilegal de una arma de fuego;
d). manejar bajo la influencia de alcohol/drogas;
e). robo con allanamiento (burglary); y
f). cualquier otro délito menor por el cual el acusado recibió una sentencia de 90 días, o mas, en la cárcel.
[NOTA: si el aplicante ha tenido alguna convicción de un delito menor significante, o si ha tenido tres o mas convicciones de delitos menores que no sean significantes, lo indicado es someter peticiones a la corte para que esos delitos sean borrados].

 

Verified by MonsterInsights