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LIC. JESSE J. BAÑUELOS, ABOGADO DE INMIGRACIÓN DE LOS ANGELES

PETICIONES PARA CIUDADANÍA

BENEFICIOS DE CIUDADANÍA AMERICANA

1. Derecho a votar: ciudadanos Americanos tienen derecho a votar en las elecciones federales, estatales y municipales. Tu voto es tu voz. Si no eres ciudadano, no puedes votar, y si no votas, tu voz no cuenta. Has que tu voz cuente, si eres elegible para hacerlo, haste ciudadano Americano;

2.Puede hacerse ciudadano sin tener que renunciar a la ciudadanía de su país de orígen: muchos países como Colombia, El Salvador, Guatemala, México, etc., reconocen doble ciudadanía que permite que una persona que se haga ciudadano de este país pueda seguir siendo ciudadano de su país de nacimiento;

3. Ciudadanos pueden vivir fuera del país sin limite de tiempo: ciudadanos Americanos pueden vivir en el extranjero sin limite de tiempo y pueden regresar a este país cuando quieran. Los que son residentes permanentes legales están sujetos a que ese estatus se les sea revocado si se están fuera de este país por seis meses

4. Ciudadanos no pueden ser deportados: ciudadanos no pueden ser deportados, mientras que el titular de una mica siempre esta sujeto a ser deportado bajo ciertas circunstancias, como cuando es convicto de algún crimen, aunque sea solo un delito menor, o si tiene algún encuentro negativo con el INS/DHS;

5.Ciudadanos pueden pedir y traer a sus familiares mas rápido: ciudadanos pueden pedir a una variedad mas grande de familiares que residentes permanentes legales para que emigren a este país como residentes permanentes legales, y a los familiares de ciudadanos se les da prioridad y preferencia sobre los de residentes permanentes legales;

6. Ciudadanos se pueden retirar en el extranjero con todos sus beneficios: si se retiran en el extranjero, ciudadanos reciben todos sus beneficios bajo el seguro social. Si un residente permanente se jubila en el extranjero, recibirá solo la mitad de sus beneficios;

7. Ciudadanos tienen mas oportunidades para empleo: el Gobierno Americano es uno de los empleadores mas grandes del mundo. Sin embargo, la mayoría de los trabajos con las agencias federales requieren ciudadanía Americana; y

8. Los hijos de un ciudadano nacidos en el extranjero son ciudadanos Americanos: en la mayoría de los casos, hijos nacidos en el extranjero a ciudadanos Americanos son ciudadanos Americanos automáticamente.

REQUISITOS QUE SE TIENEN QUE CUMPLIR PARA SER ELEGIBLE PARA CIUDADANÍA

1. Tiene que vivir en este país, excepto bajo ciertas circunstancias;

2. Tiene que haber tenido su mica por 5 años, O si el aplicante ha vivido por tres años con un/a cónyugue Americano/a antes que el aplicante someta su aplicación de ciudadanía, y que sigue viviendo con ese/a cónyugue cuando el aplicante tome el Juramento de Ciudadanía, si el USCIS aprueba la petición de ciudadanía del aplicante;

3. Tiene que saber leer, escribir, y hablar Inglés básico. Los que son mayores de 50 años y que han tenido su mica por lo menos 20 años, o los que son mayores de 55 años y que han tenido su mica por lo menos 15 años, no tendrán que saber Inglés y podrán tomar el examén de ciudadanía en su propio lenguaje;

4. Tiene que tener un entendimiento de los principios fundamentales de la historia y del gobierno de este país;

5. Tiene que tener buen carácter moral. Buen carácter se puede demontrar con evitar encuentros criminales con la ley, entablando declaraciones de impuestos anuales a tiempo, y pagando impuestos (si los debe), cumpliendo con sus obligaciones de pagar para mantenimiento de hijos (si los tiene), etc.; y

6. Tiene que haber cumplido 18 años de edad, por los menos.

ADVERTENCIA: Si un residente permanente legal es convicto de algún delito, o si ha tenido algún encuentro con el INS/DHS (por contrabando de extranjeros, por ejemplo), por ese delito/ese encuentro, el DHS lo podría poner en procesos de deportación/remoción. Debido a que esos procesos podrían terminar en una emisión de una orden de expulsión contra el residente permanente legal, la cual podría resultar en destierro permanente de este país, si Ud. cree que califica para ciudadanía Americana y desea aplicar para lo mismo pero ha tenido algún encuentro con la ley o con el INS/DHS como residente permanente legal, antes de aplicar es de suma importancia que consulte con un abogado de inmigración que sea bien experimentado, como el Lic. Jesse J. Bañuelos. Debido a que es trabajador y tenaz, el Lic. Bañuelos ha estado resolviendo exitosamente problemas difíciles de inmigración, y ha estado ganando casos difíciles de deportación y de remoción por mas de 20 años.

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